Cómo se calcula la retención de IRPF en la nómina 2026
Cada mes, tu empresa retiene un porcentaje de tu salario para Hacienda como anticipo del IRPF anual. El cálculo se hace con un algoritmo oficial que considera tu salario, situación familiar y comunidad autónoma. Te explicamos cómo se calcula paso a paso.
Tipo aplicable según tu situación específica.
Qué es la retención de IRPF
La retención de IRPF es un pago a cuenta del impuesto que harás en tu declaración de la renta del año siguiente. La empresa actúa como recaudador: te descuenta una cantidad mensual y la ingresa a Hacienda en tu nombre.
El tipo de retención varía entre el 0% y el 47% según una serie de variables. La empresa lo calcula al inicio del año (o al firmar el contrato) y debería ser estable durante todo el año salvo cambios en tu situación.
Variables que intervienen en el cálculo
1. Salario bruto anual previsto
Es la base del cálculo. Incluye: salario base, complementos fijos, pagas extra (prorrateadas o no), bonus previstos. Si la empresa estima 30.000 €/año, calcula la retención sobre esa cifra.
2. Situación familiar (modelo 145)
El modelo 145 es el documento que entregas a tu empresa al iniciar la relación laboral. Recoge:
- Hijos a cargo y edades.
- Cónyuge y si trabaja o no.
- Ascendientes a cargo.
- Discapacidad propia o de personas a cargo.
- Si tienes vivienda en alquiler con derecho a deducción.
Estos datos generan deducciones que reducen la retención.
3. Comunidad autónoma de residencia
Como vimos en nuestro artículo sobre tramos del IRPF 2026, cada CCAA tiene su escala. La empresa aplica la escala correspondiente.
4. Tipo de contrato
Indefinido, temporal, prácticas, formación, alta dirección. Cada modalidad puede tener un mínimo de retención específico.
5. Reducciones aplicables
- Reducción por rendimientos del trabajo (variable según salario).
- Mínimo personal del contribuyente (5.550 € general).
- Mínimo por descendientes (2.400 € primero, 2.700 € segundo, 4.000 € tercero, 4.500 € cuarto).
- Mínimo por ascendientes (1.150 € por cada uno mayor de 65 años).
- Mínimo por discapacidad (3.000 € a 12.000 € según grado).
Algoritmo de cálculo paso a paso
Paso 1: Calcular la base del cálculo
Base = Salario bruto anual − cotizaciones SS estimadas (~6,5%)
− gastos deducibles del trabajo (2.000 € general, más por desempleo o discapacidad)
Paso 2: Restar mínimos personales y familiares
Base liquidable = Base − mínimo personal (5.550 €) − mínimos por hijos / ascendientes / discapacidad
Paso 3: Aplicar la escala combinada (estatal + autonómica)
Se aplica la escala progresiva por tramos para obtener la cuota íntegra anual.
Paso 4: Restar deducciones (mínimo personal aplicado al primer tramo)
Se aplica un truco fiscal: el mínimo personal se "tributa" al primer tramo y se deduce esa cantidad de la cuota.
Paso 5: Convertir cuota anual en tipo mensual
Cuota neta anual ÷ Salario bruto anual = Tipo de retención (%)
Tipo aplicado a cada nómina mensual
Ejemplo numérico completo
Trabajador en Madrid, soltero, sin hijos, salario bruto anual de 30.000 €:
Bruto anual: 30.000 €
− SS (6,5%): −1.950 €
− Gastos del trabajo: −2.000 €
− Mínimo personal: −5.550 €
Base liquidable: 20.500 €
Cuota estatal: ~2.100 €
Cuota autonómica Madrid: ~2.000 €
Total cuota neta: ~4.100 €
Tipo de retención: 4.100 / 30.000 = 13,7%
Retención mensual: 30.000 / 12 = 2.500 € → 2.500 × 13,7% = 343 €/mes
Cuándo cambia la retención
Cambios planificados
- Subida salarial: la empresa recalcula y aplica el nuevo tipo desde el cambio.
- Nueva situación familiar (matrimonio, nacimiento de hijo): actualiza el modelo 145, la empresa recalcula.
- Atrasos: si cobras un atraso de meses anteriores, suele aplicar el tipo del año vigente, regularizándose si es necesario.
Regularizaciones automáticas
- Junio o julio: con la paga extra, la empresa puede regularizar la retención si detecta diferencias respecto a lo previsto.
- Diciembre: cierre de año, regularización final si las cantidades cobradas difieren significativamente de lo previsto.
Casos en los que la retención puede ser 0%
- Salarios bajos con cargas familiares (típicamente <14.000 €/año con hijos).
- Pensiones de jubilación bajas.
- Algunos contratos formativos.
Solicitar retención voluntaria mayor
Puedes pedir a tu empresa que retenga más de lo legalmente exigible. Para hacerlo, marca la casilla correspondiente en el modelo 145 indicando el porcentaje deseado. La empresa está obligada a aplicarlo.
¿Cuándo conviene?
- Si tienes ingresos adicionales (alquileres, autónomo) y quieres evitar pagar a Hacienda en junio.
- Para "ahorrar" sin tomar decisiones (Hacienda te lo devolverá al año siguiente).
- Si tienes alta probabilidad de doble pagador (cambio de empresa, paro previsto).
Conclusión
La retención de IRPF en nómina es un anticipo del impuesto anual, calculado según un algoritmo oficial que considera múltiples variables. Lo más importante es tener actualizado el modelo 145 (con tu situación familiar real) para que el tipo aplicado sea el correcto. Una retención bien calibrada evita sorpresas en la declaración de la renta. Si tienes dudas, calcula tu retención esperada con nuestra calculadora antes de empezar el año fiscal.
Conoce tu tipo según situación específica.
