Guía de retención IRPF y tramos 2026 — Calculadoras Laborales
IRPF

Cómo se calcula la retención de IRPF en la nómina 2026

Cada mes, tu empresa retiene un porcentaje de tu salario para Hacienda como anticipo del IRPF anual. El cálculo se hace con un algoritmo oficial que considera tu salario, situación familiar y comunidad autónoma. Te explicamos cómo se calcula paso a paso.

·Lectura: 7 min
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Qué es la retención de IRPF

La retención de IRPF es un pago a cuenta del impuesto que harás en tu declaración de la renta del año siguiente. La empresa actúa como recaudador: te descuenta una cantidad mensual y la ingresa a Hacienda en tu nombre.

El tipo de retención varía entre el 0% y el 47% según una serie de variables. La empresa lo calcula al inicio del año (o al firmar el contrato) y debería ser estable durante todo el año salvo cambios en tu situación.

Variables que intervienen en el cálculo

1. Salario bruto anual previsto

Es la base del cálculo. Incluye: salario base, complementos fijos, pagas extra (prorrateadas o no), bonus previstos. Si la empresa estima 30.000 €/año, calcula la retención sobre esa cifra.

2. Situación familiar (modelo 145)

El modelo 145 es el documento que entregas a tu empresa al iniciar la relación laboral. Recoge:

  • Hijos a cargo y edades.
  • Cónyuge y si trabaja o no.
  • Ascendientes a cargo.
  • Discapacidad propia o de personas a cargo.
  • Si tienes vivienda en alquiler con derecho a deducción.

Estos datos generan deducciones que reducen la retención.

3. Comunidad autónoma de residencia

Como vimos en nuestro artículo sobre tramos del IRPF 2026, cada CCAA tiene su escala. La empresa aplica la escala correspondiente.

4. Tipo de contrato

Indefinido, temporal, prácticas, formación, alta dirección. Cada modalidad puede tener un mínimo de retención específico.

5. Reducciones aplicables

  • Reducción por rendimientos del trabajo (variable según salario).
  • Mínimo personal del contribuyente (5.550 € general).
  • Mínimo por descendientes (2.400 € primero, 2.700 € segundo, 4.000 € tercero, 4.500 € cuarto).
  • Mínimo por ascendientes (1.150 € por cada uno mayor de 65 años).
  • Mínimo por discapacidad (3.000 € a 12.000 € según grado).

Algoritmo de cálculo paso a paso

Paso 1: Calcular la base del cálculo

Base = Salario bruto anual − cotizaciones SS estimadas (~6,5%)

− gastos deducibles del trabajo (2.000 € general, más por desempleo o discapacidad)

Paso 2: Restar mínimos personales y familiares

Base liquidable = Base − mínimo personal (5.550 €) − mínimos por hijos / ascendientes / discapacidad

Paso 3: Aplicar la escala combinada (estatal + autonómica)

Se aplica la escala progresiva por tramos para obtener la cuota íntegra anual.

Paso 4: Restar deducciones (mínimo personal aplicado al primer tramo)

Se aplica un truco fiscal: el mínimo personal se "tributa" al primer tramo y se deduce esa cantidad de la cuota.

Paso 5: Convertir cuota anual en tipo mensual

Cuota neta anual ÷ Salario bruto anual = Tipo de retención (%)

Tipo aplicado a cada nómina mensual

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Ejemplo numérico completo

Trabajador en Madrid, soltero, sin hijos, salario bruto anual de 30.000 €:

Bruto anual: 30.000 €

− SS (6,5%): −1.950 €

− Gastos del trabajo: −2.000 €

− Mínimo personal: −5.550 €

Base liquidable: 20.500 €

Cuota estatal: ~2.100 €

Cuota autonómica Madrid: ~2.000 €

Total cuota neta: ~4.100 €

Tipo de retención: 4.100 / 30.000 = 13,7%

Retención mensual: 30.000 / 12 = 2.500 € → 2.500 × 13,7% = 343 €/mes

Cuándo cambia la retención

Cambios planificados

  • Subida salarial: la empresa recalcula y aplica el nuevo tipo desde el cambio.
  • Nueva situación familiar (matrimonio, nacimiento de hijo): actualiza el modelo 145, la empresa recalcula.
  • Atrasos: si cobras un atraso de meses anteriores, suele aplicar el tipo del año vigente, regularizándose si es necesario.

Regularizaciones automáticas

  • Junio o julio: con la paga extra, la empresa puede regularizar la retención si detecta diferencias respecto a lo previsto.
  • Diciembre: cierre de año, regularización final si las cantidades cobradas difieren significativamente de lo previsto.

Casos en los que la retención puede ser 0%

  • Salarios bajos con cargas familiares (típicamente <14.000 €/año con hijos).
  • Pensiones de jubilación bajas.
  • Algunos contratos formativos.

Solicitar retención voluntaria mayor

Puedes pedir a tu empresa que retenga más de lo legalmente exigible. Para hacerlo, marca la casilla correspondiente en el modelo 145 indicando el porcentaje deseado. La empresa está obligada a aplicarlo.

¿Cuándo conviene?

  • Si tienes ingresos adicionales (alquileres, autónomo) y quieres evitar pagar a Hacienda en junio.
  • Para "ahorrar" sin tomar decisiones (Hacienda te lo devolverá al año siguiente).
  • Si tienes alta probabilidad de doble pagador (cambio de empresa, paro previsto).

Conclusión

La retención de IRPF en nómina es un anticipo del impuesto anual, calculado según un algoritmo oficial que considera múltiples variables. Lo más importante es tener actualizado el modelo 145 (con tu situación familiar real) para que el tipo aplicado sea el correcto. Una retención bien calibrada evita sorpresas en la declaración de la renta. Si tienes dudas, calcula tu retención esperada con nuestra calculadora antes de empezar el año fiscal.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el tipo de retención IRPF en mi nómina?
La empresa lo calcula con el algoritmo oficial de Hacienda, que considera: salario bruto anual previsto, situación familiar (modelo 145), comunidad autónoma, deducciones aplicables y mínimo personal y familiar. El resultado es un tipo entre 0% y 47% que se aplica a cada nómina mensual. Puedes calcularlo fácilmente con nuestra calculadora de retención IRPF.
¿Por qué cambia mi retención de IRPF mes a mes?
Normalmente la retención mensual es estable, salvo que: (1) actualices el modelo 145 por cambio familiar, (2) recibas un atraso, paga extra o bonus que regularize el tipo, (3) la empresa detecte que la previsión salarial anual cambió significativamente, o (4) haya cambio normativo. Las regularizaciones suelen producirse en julio (paga extra) y diciembre (cierre de año).
¿Puedo pedir una retención más alta voluntariamente?
Sí. Puedes solicitar a tu empresa que aplique una retención superior a la legalmente obligatoria (modelo 145, casilla específica). Es útil para evitar pagar a Hacienda en la declaración o para "ahorrar" forzosamente. La empresa está obligada a aplicarlo si lo solicitas por escrito.
¿Qué pasa si mi retención fue insuficiente?
En la declaración de la renta tendrás que pagar la diferencia a Hacienda. Esto suele ocurrir cuando: cambias de empresa a mitad de año (segundo pagador retiene poco), tienes ingresos adicionales no retenidos (alquileres, autónomo), o tu situación familiar cambió. Si quieres evitar sustos, calcula tu IRPF a final de año y compáralo con lo retenido.
¿Y si me retuvieron de más?
Hacienda te devolverá el exceso en la declaración. Es lo que se llama "renta a devolver". La devolución suele llegar entre julio y diciembre del año siguiente al ejercicio. No hay sanción ni inconveniente por haber retenido de más, solo el coste de oportunidad de no haber dispuesto de ese dinero durante el año.