Calculadora del Paro 2026
Prestación contributiva por desempleo: duración, cuantía mensual, topes del SEPE y descuento de cotización
Cómo funciona la prestación por desempleo
Duración
Depende de los días cotizados en los últimos 6 años: desde 120 días de paro (con 360 cotizados) hasta 720 días (con 2.160 o más).
Cuantía
El 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % desde el día 181 (art. 270.2 LGSS).
Topes del IPREM
Entre 560 € y 1.575 € al mes en 2026, según los hijos a cargo: IPREM de 600 € más una sexta parte (art. 270.3 LGSS).
Escala de duración (art. 269.1 LGSS)
| Días cotizados | Duración de la prestación |
|---|---|
| 360 – 539 días | 120 días (4 meses) |
| 540 – 719 días | 180 días (6 meses) |
| 720 – 899 días | 240 días (8 meses) |
| 900 – 1.079 días | 300 días (10 meses) |
| 1.080 – 1.259 días | 360 días (12 meses) |
| 1.260 – 1.439 días | 420 días (14 meses) |
| 1.440 – 1.619 días | 480 días (16 meses) |
| 1.620 – 1.799 días | 540 días (18 meses) |
| 1.800 – 1.979 días | 600 días (20 meses) |
| 1.980 – 2.159 días | 660 días (22 meses) |
| ≥ 2.160 días | 720 días (24 meses) |
Topes mensuales 2026 (SEPE, "Cuantías 2026")
| Hijos a cargo | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Sin hijos | 560 € (80 %) | 1.225 € (175 %) |
| 1 hijo | 749 € (107 %) | 1.400 € (200 %) |
| 2 o más hijos | 749 € (107 %) | 1.575 € (225 %) |
Ejemplo práctico
María, administrativa, es despedida tras 900 días cotizados en los últimos 6 años. Su base reguladora es de 1.800 €/mes y no tiene hijos a cargo.
Qué no te dice el importe: casos que cambian el cálculo
Requisitos para cobrar la prestación (art. 266 LGSS)
- Estar en situación legal de desempleo: despido de cualquier tipo, fin de contrato temporal, ERE, no superar el periodo de prueba a instancia de la empresa o extinción por las causas de los arts. 40, 41.3, 49.1.m y 50 ET. La baja voluntaria sin causa no da derecho.
- Haber cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores.
- Estar afiliado y en alta o situación asimilada, inscribirte como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación (salvo que no tengas cotizado el periodo necesario para la pensión).
Trabajabas a tiempo parcial
La base reguladora ya refleja tu salario parcial, pero además los topes se reducen en proporción a la jornada media de los últimos 180 días (art. 270.3 LGSS). Con un 50 % de jornada y un hijo, el mínimo baja de 749 € a 374,50 € y el máximo de 1.400 € a 700 €. Usa el campo "Jornada media" para aplicarlo.
Tenías dos contratos a tiempo parcial y pierdes uno
La base reguladora es el promedio de las bases de ambos trabajos, los topes se calculan con las horas de los dos (art. 270.4 LGSS) y del importe se descuenta la parte proporcional al trabajo que conservas (art. 282.2 LGSS). La calculadora no hace este ajuste: el resultado sería una estimación al alza.
Consumes una prestación anterior
Los días que ya sirvieron para reconocer un paro o un subsidio anterior no vuelven a contar (art. 269.2 LGSS). Si en tu vida laboral ves 1.500 días pero hace dos años cobraste un paro reconocido con 800 de ellos, para la duración solo cuentan los posteriores.
Mayores de 52 años
Cuando agotan la prestación contributiva y cumplen los requisitos del art. 280 LGSS (entre ellos, 6 años cotizados por desempleo y todos los requisitos salvo la edad para la jubilación contributiva), pueden cobrar el subsidio para mayores de 52 años: 80 % del IPREM (480 €/mes en 2026) hasta la jubilación, con cotización por jubilación sobre el 125 % de la base mínima. Más en la guía de subsidios por desempleo.
Casos de prueba verificados
Estos casos se ejecutan como tests automáticos contra el mismo motor de cálculo que usa la calculadora. Los importes esperados se calcularon a mano a partir de la norma.
| Entradas | Resultado esperado | Base legal |
|---|---|---|
| 900 días · BR 1.500 € · 1 hijo | 1.050 €/mes y 900 €/mes · 10 meses · total 9.900 € | Arts. 269.1 y 270.2 LGSS |
| 900 días · BR 1.800 € · sin hijos | 1.225 €/mes (tope) y 1.080 €/mes · total 11.670 € | Art. 270.3 LGSS (máximo 175 % IPREM + 1/6) |
| 360 días · BR 700 € · sin hijos | 560 €/mes (mínimo) · 4 meses · total 2.240 € | Art. 270.3 LGSS (mínimo 80 % IPREM + 1/6) |
| 720 días · BR 800 € · 1 hijo · jornada 50 % | Topes 374,50–700 € · 560 € y 480 € · total 4.320 € | Art. 270.3 LGSS (topes proporcionales a la jornada) |
| 2.190 días · BR 3.000 € · 2 hijos | 1.575 €/mes · 24 meses · total 37.800 € | Arts. 269.1 y 270.3 LGSS |
BR = base reguladora mensual. Los topes coinciden con los importes que publica el SEPE para 2026 (560, 749, 1.225, 1.400 y 1.575 €).
Fuentes y metodología
Los cálculos siguen el texto consolidado de la normativa vigente a 25 de septiembre de 2026:
- Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS): art. 269 (duración), art. 270 (base reguladora, 70 %/60 % y topes), art. 273 (cotización durante la prestación)
- IPREM 2026: 600 €/mes; cuantías mínimas y máximas de la prestación publicadas por el SEPE ("Cuantías 2026")
- Orden PJC/297/2026 (cotización 2026): base de cotización durante el paro (art. 8), tipo del 4,70 % (art. 4), MEI del 0,15 % a cargo del trabajador (art. 16) y base mínima de 1.424,40 € para los grupos 4 a 11 (art. 3)
- Real Decreto 625/1985, art. 15 (compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial)
Limitaciones: no calcula el IRPF, las bases mínimas de los grupos de cotización 1 a 3 (más altas), la pérdida de un segundo empleo a tiempo parcial ni los regímenes especiales (agrario, del mar). Carácter orientativo.