Calculadora de nómina 2026: de bruto a neto
Tu neto anual, tu nómina ordinaria y tu paga extra, con las cotizaciones de 2026 y la retención de IRPF calculada con el procedimiento oficial.
Cómo se pasa de bruto a neto
Del salario bruto se descuentan dos conceptos antes de que el dinero llegue a tu cuenta:
Seguridad Social (6,50 % o 6,55 %)
Contingencias comunes 4,70 %, desempleo 1,55 % (1,60 % si el contrato es temporal), formación profesional 0,10 % y MEI 0,15 %. Se aplica sobre la base de cotización, con un tope de 5.101,20 €/mes en 2026; por encima se paga además una pequeña cuota de solidaridad.
Retención de IRPF (variable)
Un porcentaje que tu empresa calcula una vez al año con tu salario previsto y tu modelo 145, y aplica a cada paga, incluidas las extras. Es un anticipo del impuesto, no el impuesto definitivo.
Mínimos y reducciones
Los hijos, la edad, la discapacidad y la reducción por rendimientos del trabajo (hasta 7.302 € para salarios bajos) hacen que dos personas con el mismo bruto tengan retenciones distintas.
Tabla de sueldo bruto a neto 2026
Calculada con este mismo motor para una persona sin cónyuge a cargo, sin hijos, contrato indefinido y 14 pagas. Si tu situación es otra, usa la calculadora.
| Bruto anual | Seguridad Social | Tipo IRPF | IRPF retenido | Neto anual | Nómina ordinaria | Paga extra |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 15.000 € | 975,12 € | 0,00 % | 0,00 € | 14.024,88 € | 990,17 € | 1.071,43 € |
| 17.094 € (SMI) | 1.111,08 € | 3,06 % | 523,08 € | 15.459,84 € | 1.091,05 € | 1.183,64 € |
| 20.000 € | 1.299,96 € | 8,86 % | 1.772,00 € | 16.928,04 € | 1.193,67 € | 1.302,00 € |
| 25.000 € | 1.624,92 € | 14,09 % | 3.522,50 € | 19.852,58 € | 1.398,69 € | 1.534,10 € |
| 30.000 € | 1.950,00 € | 16,42 % | 4.926,00 € | 23.124,00 € | 1.628,50 € | 1.791,00 € |
| 40.000 € | 2.600,04 € | 19,36 % | 7.744,00 € | 29.655,96 € | 2.087,33 € | 2.304,00 € |
| 50.000 € | 3.249,96 € | 22,40 % | 11.200,00 € | 35.550,04 € | 2.500,60 € | 2.771,43 € |
| 70.000 € | 3.996,24 € | 26,64 % | 18.648,00 € | 47.355,76 € | 3.334,98 € | 3.668,00 € |
| 100.000 € | 4.061,64 € | 32,11 % | 32.110,00 € | 63.828,36 € | 4.510,82 € | 4.849,29 € |
Con 15.000 € no hay retención porque no se supera el límite de 15.876 € del art. 81.1 RIRPF (salvo contrato de menos de un año: mínimo 2 %). A partir de unos 61.214 € anuales la base de cotización está topada, por eso la Seguridad Social casi deja de crecer. El IRPF definitivo se calcula en la declaración con la escala de tu comunidad autónoma.
Casos de prueba verificados
Estos casos forman parte de los tests automáticos del motor de cálculo. El resultado esperado se calculó a mano, paso a paso, antes de compararlo con la salida del programa.
| Entrada | Resultado esperado | Base legal |
|---|---|---|
| 30.000 €, 14 pagas, sin cónyuge ni hijos, indefinido | SS 1.950,00 €; retención 16,42 %; neto 23.124,00 € (nómina 1.628,50 € + extras de 1.791,00 €) | Orden PJC/297/2026; arts. 83-86 RIRPF |
| 20.000 €, 12 pagas, sin cónyuge ni hijos | Límite del 43 %: cuota 1.773,32 € → 8,86 %; neto 16.928,04 € | Art. 85.3 RIRPF |
| SMI 2026 (17.094 €), 14 pagas | Retención 3,06 % (523,08 €); neto 15.459,84 €; deducción en la renta de 590,89 € | RD 126/2026; DA 61ª LIRPF (RDL 5/2026) |
| 15.000 €, temporal de menos de un año | Desempleo al 1,60 %; retención mínima del 2 % (300,00 €); neto 13.717,44 € | Art. 86.2 y 81.3 RIRPF |
| 80.000 €, 12 pagas | Base topada en 5.101,20 € + solidaridad 3,19 €/mes; SS 4.017,24 €; retención 28,92 %; neto 52.846,76 € | RDL 3/2026, art. 3 |
El detalle de cada cálculo está en la metodología.
Cotizaciones a la Seguridad Social en 2026
La parte del trabajador se descuenta de la nómina; la de la empresa es un coste añadido al salario bruto.
| Concepto | Trabajador | Empresa | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 23,60 % | 28,30 % |
| Desempleo (indefinido) | 1,55 % | 5,50 % | 7,05 % |
| Desempleo (duración determinada) | 1,60 % | 6,70 % | 8,30 % |
| Formación profesional | 0,10 % | 0,60 % | 0,70 % |
| MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) | 0,15 % | 0,75 % | 0,90 % |
| FOGASA | — | 0,20 % | 0,20 % |
| Total contrato indefinido | 6,50 % | 30,65 % + AT/EP | 37,15 % + AT/EP |
Fuentes: Orden PJC/297/2026 (arts. 4 y 33) y RDL 3/2026 (art. 3). La cotización por accidentes de trabajo (AT/EP) la paga solo la empresa y depende de la actividad.
Por encima del tope: la cuota de solidaridad
Desde 2025, la parte del salario mensual que supera la base máxima (5.101,20 € en 2026) paga una cotización adicional de solidaridad: 1,15 % hasta 5.611,32 €, 1,25 % hasta 7.651,80 € y 1,46 % por encima. Al trabajador le corresponde el 0,19 %, 0,21 % y 0,24 % respectivamente; el resto, a la empresa (RDL 3/2026, art. 3.3).
Escala de retención de IRPF 2026
Es la escala del art. 85.1 del Reglamento del IRPF. Se aplica igual en todas las comunidades de régimen común y no se aplica al bruto, sino a la base para calcular el tipo; después se resta la misma escala aplicada a tu mínimo personal y familiar.
| Base para calcular el tipo | Tipo marginal |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19 % |
| 12.450 € – 20.200 € | 24 % |
| 20.200 € – 35.200 € | 30 % |
| 35.200 € – 60.000 € | 37 % |
| 60.000 € – 300.000 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 47 % |
En la declaración de la renta, en cambio, se suman la escala estatal (art. 63 LIRPF) y la de tu comunidad autónoma. Más detalle en la guía de tramos del IRPF 2026.
Antes de comparar ofertas: lo que cambia el neto
Pagas prorrateadas o no
Un bruto de 30.000 € en 14 pagas son 2.142,86 € por paga; en 12 pagas, 2.500 €. El neto anual es el mismo (23.124,00 € en el caso general), pero con 14 pagas la nómina ordinaria baja a 1.628,50 € y en junio y diciembre cobras 1.791,00 € de extra. La Seguridad Social se descuenta en 12 mensualidades porque las extras ya se cotizan prorrateadas.
Retribución flexible: ahorra IRPF, no Seguridad Social
Algunos pagos en especie no tributan en IRPF dentro de ciertos límites: comida en restaurantes o tarjeta de comida hasta 11 € por día laborable (art. 45.2 RIRPF), transporte colectivo hasta 1.500 € al año (art. 42.3.h LIRPF), seguro médico hasta 500 € por persona y año o 1.500 € con discapacidad (art. 42.3.c LIRPF) y el servicio de guardería (art. 42.3.b LIRPF). Pero, en general, sí cotizan a la Seguridad Social: el art. 147 LGSS solo excluye de la base conceptos tasados, como dietas y gastos de locomoción dentro de límites.
Errores frecuentes
- Confundir bruto anual y mensual: las ofertas suelen expresarse en bruto anual.
- Comparar nóminas de 12 y de 14 pagas sin pasar las dos a neto anual.
- Pensar que la comunidad autónoma cambia la nómina: cambia el resultado de la declaración, no la retención.
- No entregar el modelo 145: sin él, la empresa retiene como si no tuvieras hijos ni otras circunstancias.
- Olvidar el cambio de empresa: con dos pagadores en el año, cada uno retiene por separado y es frecuente que la declaración salga a pagar.
Metodología y fuentes oficiales
El cálculo aplica la normativa vigente a 25 de septiembre de 2026:
- Tipos y bases de cotización — Orden PJC/297/2026, arts. 2, 3, 4 y 33; tope, MEI y solidaridad: RDL 3/2026, art. 3.
- Retención de IRPF — Reglamento del IRPF, arts. 80 a 86, y el algoritmo de retenciones 2026 de la AEAT.
- Reducción por rendimientos del trabajo — art. 20 LIRPF: 7.302 € si el rendimiento neto no supera 14.852 €, decreciente hasta 19.747,50 €.
- Mínimo personal y familiar — arts. 57 a 60 LIRPF.
- Deducción de hasta 590,89 € para salarios bajos — DA 61ª LIRPF (Ley 5/2025, modificada por el art. 28 del RDL 5/2026): solo en la declaración.
No se incluyen regularizaciones a mitad de año, pensiones compensatorias, ni Ceuta, Melilla o La Palma. El resultado es una estimación: la retención definitiva la calcula tu empresa con tu modelo 145.