Guía de nómina bruto a neto con IRPF y cotizaciones — Calculadoras Laborales
Nómina

Cotización a la Seguridad Social del trabajador en 2026

En 2026 el trabajador cotiza el 6,50 % de su base de cotización con contrato indefinido y el 6,55 % con uno temporal. Aquí tienes cada tipo con su norma, cómo se calcula la base, qué pasa por encima del tope y un ejemplo al céntimo.

·Lectura: 4 min ·Por Lluis Enric Mayans
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Los tipos de 2026

ConceptoContrato indefinidoDuración determinadaNorma
Contingencias comunes4,70 %4,70 %Orden PJC/297/2026, art. 4
Desempleo1,55 %1,60 %Orden PJC/297/2026, art. 33.2
Formación profesional0,10 %0,10 %Orden PJC/297/2026, art. 33.2
MEI0,15 %0,15 %RDL 3/2026, art. 3.2
Total6,50 %6,55 %

El tipo de desempleo del 1,55 % se aplica también a los fijos discontinuos, a los contratos formativos, de relevo y de sustitución, y a cualquier contrato con personas con una discapacidad de al menos el 33 %. El 1,60 % es para el resto de contratos de duración determinada.

Sobre qué se cotiza: la base de cotización

La base es la remuneración total del mes, en dinero o en especie, más la parte proporcional de las pagas extra (art. 147.1 LGSS). Solo quedan fuera conceptos tasados en el art. 147.2: dietas y gastos de locomoción dentro de los límites del IRPF, indemnizaciones por fallecimiento, traslado, suspensión o despido dentro de los límites legales, y poco más. Los cheques de comida, el seguro médico o el transporte de empresa pueden estar exentos de IRPF, pero sí cotizan.

La base resultante se ajusta a las bases mínima y máxima de tu grupo de cotización (Orden PJC/297/2026, art. 3):

GrupoBase mínimaBase máxima
1 · Ingenieros y licenciados1.989,30 €/mes5.101,20 €/mes
2 · Ingenieros técnicos y peritos1.649,70 €/mes5.101,20 €/mes
3 · Jefes administrativos y de taller1.435,20 €/mes5.101,20 €/mes
4 a 7 · Ayudantes, oficiales administrativos, subalternos y auxiliares1.424,40 €/mes5.101,20 €/mes
8 a 11 · Oficiales de oficio, peones y menores de 1847,48 €/día170,04 €/día

Las bases mínimas son para jornada completa: a tiempo parcial se cotiza por las horas trabajadas.

Ejemplo: 30.000 € brutos en 14 pagas

Base mensual = 30.000 ÷ 12 = 2.500,00 € (las dos extras van prorrateadas)

Contingencias comunes: 2.500 × 4,70 % = 117,50 €

Desempleo: 2.500 × 1,55 % = 38,75 €

Formación profesional: 2.500 × 0,10 % = 2,50 €

MEI: 2.500 × 0,15 % = 3,75 €

Total: 162,50 € al mes; 1.950,00 € al año

En cada una de las 12 nóminas ordinarias (2.142,86 € brutos) se descuentan esos 162,50 €. En las pagas extra de junio y diciembre no hay descuento de Seguridad Social, solo retención de IRPF. Puedes comprobarlo con tus datos en la calculadora de nómina.

Por encima del tope: la cotización de solidaridad

Desde 2025, la parte de la retribución mensual que supera la base máxima paga una cotización adicional de solidaridad (art. 19 bis LGSS). Para 2026, el RDL 3/2026 (art. 3.3) fija estos tipos:

Parte de la retribución mensualTotalTrabajadorEmpresa
De 5.101,21 a 5.611,32 €1,15 %0,19 %0,96 %
De 5.611,33 a 7.651,80 €1,25 %0,21 %1,04 %
Más de 7.651,80 €1,46 %0,24 %1,22 %

80.000 € al año = 6.666,67 € al mes → base topada en 5.101,20 €

Cotización ordinaria: 239,76 + 79,07 + 5,10 + 7,65 = 331,58 €

Solidaridad: 510,12 × 0,19 % + 1.055,35 × 0,21 % = 3,19 €

Total: 334,77 € al mes; 4.017,24 € al año (el 5,02 % del bruto, no el 6,50 %)

El MEI sube cada año

AñoMEI totalTrabajadorEmpresa
20230,60 %0,10 %0,50 %
20240,70 %0,12 %0,58 %
20250,80 %0,13 %0,67 %
20260,90 %0,15 %0,75 %
20271,00 %Reparto pendiente de la norma de cotización
20281,10 %Reparto pendiente de la norma de cotización
2029 a 20501,20 %Reparto pendiente de la norma de cotización

Los porcentajes totales están en la DT 43ª de la Ley General de la Seguridad Social. Hasta ahora el reparto ha sido de cinco sextos para la empresa y un sexto para el trabajador.

Horas extra

La remuneración de las horas extraordinarias entra en la base y además paga una cotización adicional (Orden PJC/297/2026, art. 5): el trabajador aporta un 4,70 % (la empresa, un 23,60 %) y, si las horas se deben a fuerza mayor, un 2,00 % (la empresa, un 12,00 %).

Pluriempleo

Si trabajas a la vez para varias empresas, el tope de 5.101,20 € no se aplica en cada una por separado: se reparte entre todas en proporción a la remuneración que te paga cada una (Orden PJC/297/2026, art. 10). Si la suma de lo ingresado supera lo que correspondía, puedes pedir a la TGSS la devolución de ingresos indebidos (art. 26 LGSS).

Errores frecuentes

  • Calcular el 6,50 % sobre cada paga: se calcula sobre la base mensual, con las extras prorrateadas, y se descuenta 12 veces.
  • Pensar que los hijos o el estado civil cambian la cotización: solo cambian la retención de IRPF.
  • Confundir el tope de la base con un tope de salario: puedes cobrar más; lo que se limita es la base (y por encima se paga la cuota de solidaridad).
  • Creer que la retribución flexible no cotiza: la mayoría de esos conceptos están exentos de IRPF con límites, pero cotizan a la Seguridad Social.
  • Ignorar el tipo del contrato: un temporal cotiza 0,05 puntos más por desempleo (1,25 € al mes con 30.000 € anuales).
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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cotiza un trabajador a la Seguridad Social en 2026?
Un 6,50 % de la base de cotización con contrato indefinido: 4,70 % por contingencias comunes, 1,55 % por desempleo, 0,10 % por formación profesional y 0,15 % por el MEI. Con contrato de duración determinada el desempleo sube al 1,60 % y el total al 6,55 % (Orden PJC/297/2026, arts. 4 y 33; RDL 3/2026, art. 3.2).
¿Qué es el MEI de la nómina?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una cotización para el Fondo de Reserva de las pensiones. En 2026 es el 0,90 %: 0,15 % a cargo del trabajador y 0,75 % de la empresa. Sube una décima al año hasta el 1,20 % en 2029 y se mantiene así hasta 2050 (DT 43ª LGSS).
¿Hay un máximo de cotización?
Sí: la base no puede superar 5.101,20 € al mes en 2026 (61.214,40 € al año con pagas prorrateadas). Por la parte del salario que supera ese tope ya no se aplica el 6,50 %, sino la cotización adicional de solidaridad, de la que al trabajador le corresponde entre el 0,19 % y el 0,24 %.
¿Por qué no me descuentan Seguridad Social en la paga extra?
Porque las pagas extra se prorratean: su importe se reparte entre las doce bases mensuales del año (art. 147.1 LGSS). La cotización de la paga extra ya la has pagado mes a mes; en junio y diciembre solo se retiene IRPF.
¿Qué pasa si trabajo para dos empresas?
En pluriempleo, el tope de 5.101,20 € se reparte entre las empresas en proporción a lo que te paga cada una (Orden PJC/297/2026, art. 10). Si aun así se ingresa de más, puedes pedir a la Tesorería General de la Seguridad Social la devolución de lo ingresado indebidamente (art. 26 LGSS).