Guía de retención IRPF y tramos 2026 — Calculadoras Laborales
IRPF

Mínimo personal y familiar IRPF 2026: cuantías y requisitos

El mínimo personal y familiar es la parte de tu renta que no tributa en IRPF, considerada como necesaria para cubrir necesidades vitales básicas. Cuanto mayor sea tu situación familiar, mayor el mínimo y, por tanto, menor el IRPF a pagar. Te explicamos las cuantías 2026 con todos los detalles.

·Lectura: 6 min
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Mínimos aplicados según hijos, dependientes y discapacidad.

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Qué es el mínimo personal y familiar

El mínimo personal y familiar es la cantidad de tu renta que el legislador considera necesaria para cubrir necesidades vitales y por la que no debes tributar. Se descuenta de tu base liquidable antes de aplicar la escala progresiva del IRPF, reduciendo el impuesto.

El cálculo combina varias cuantías que pueden sumarse según tu situación familiar.

Mínimo personal del contribuyente

Edad / situaciónCuantía 2026
General (menores de 65 años)5.550 €/año
Mayores de 65 años5.550 + 1.150 = 6.700 €/año
Mayores de 75 años5.550 + 1.150 + 1.400 = 8.100 €/año

Mínimo por descendientes (hijos)

HijoCuantía base
Primer hijo2.400 €/año
Segundo hijo2.700 €/año
Tercer hijo4.000 €/año
Cuarto y siguientes4.500 €/año cada uno

Incremento por hijo menor de 3 años

Si el hijo es menor de 3 años, se añade un incremento de 2.800 €/año.

Requisitos para aplicar el mínimo por hijo

  • Convivencia con el contribuyente.
  • Edad < 25 años (sin límite si discapacidad).
  • Rentas anuales del hijo < 8.000 € (sin computar las exentas).
  • El hijo no presenta declaración propia con rentas > 1.800 €.

Ejemplo

Familia con 3 hijos (15, 10 y 2 años):

Primer hijo (15 años): 2.400 €

Segundo hijo (10 años): 2.700 €

Tercer hijo (2 años): 4.000 + 2.800 (menor 3 años) = 6.800 €

Total mínimo por descendientes: 11.900 €/año

Mínimo por ascendientes (padres y abuelos)

Edad del ascendienteCuantía 2026
Mayor de 65 años1.150 €/año
Mayor de 75 años2.550 €/año

Requisitos

  • Convivencia con el contribuyente al menos la mitad del año.
  • Rentas anuales del ascendiente < 8.000 € (excluidas las exentas).
  • El ascendiente no presenta declaración propia con rentas > 1.800 €.
  • Edad mínima 65 años (cualquier edad si discapacidad).

Mínimo por discapacidad

Las cuantías son acumulativas a las anteriores. Aplicables al propio contribuyente, descendientes o ascendientes con discapacidad reconocida.

Grado de discapacidadCuantía 2026
Discapacidad 33-65%3.000 €/año
Discapacidad ≥65% sin necesidad de ayuda9.000 €/año
Discapacidad ≥65% con necesidad de ayuda de terceros12.000 €/año

Requisito

Disponer de la resolución oficial de discapacidad emitida por el organismo competente de la comunidad autónoma (mínimo 33%).

Ejemplo completo: familia con 2 hijos y abuela a cargo

Trabajador de 40 años, casado, 2 hijos (10 y 2 años), con su madre (78 años) conviviendo:

Mínimo personal: 5.550 €

Mínimo descendientes: 2.400 (primer hijo) + 2.700 + 2.800 (segundo <3) = 7.900 €

Mínimo ascendientes: 2.550 € (madre >75 años)

Total mínimo aplicable: 16.000 €/año

Esta cantidad se descuenta de la base liquidable antes de aplicar los tramos del IRPF. Sobre un salario de 35.000 €, el ahorro fiscal aproximado es de 4.000-5.000 € respecto a un soltero sin cargas familiares.

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Cómo se aplica el mínimo en la nómina

Las empresas usan el modelo 145 que entregaste para conocer tu situación familiar y aplicar el mínimo correspondiente al calcular la retención mensual. Si tu situación cambia (matrimonio, hijo, ascendiente a cargo), actualiza el modelo 145 y la empresa recalculará la retención.

Errores frecuentes

  • No actualizar el modelo 145: si tienes un hijo y no lo comunicas, sigues con la retención antigua hasta que actualices.
  • Aplicar mínimo a hijos con ingresos > 8.000 €: si tu hijo trabaja y supera ese umbral, ya no puedes aplicar el mínimo.
  • Olvidar el incremento por menor de 3 años: 2.800 € adicionales son significativos.
  • Pareja en gananciales: ambos cónyuges pueden aplicar el 50% del mínimo por descendientes (2.400 / 2 = 1.200 € cada uno) si optan por declaraciones individuales.

Conclusión

Los mínimos personales y familiares son uno de los mecanismos más importantes del IRPF para ajustar la tributación a la situación real del contribuyente. Cuanto mayor sea tu carga familiar (hijos, ascendientes, dependientes con discapacidad), mayor el mínimo y menor el IRPF a pagar. La clave es tener actualizado el modelo 145 para que las retenciones mensuales reflejen correctamente tu situación. Y recuerda: si tu situación cambió a lo largo del año, en la declaración anual podrás aplicar los mínimos correctos y obtener la regularización.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el mínimo personal en IRPF?
Es la cantidad de tu renta que no tributa porque se considera necesaria para cubrir necesidades vitales básicas. En 2026 el mínimo personal es de 5.550 €/año, ampliable a 6.700 € para mayores de 65 años y 8.100 € para mayores de 75. Esta cantidad se descuenta de tu base liquidable antes de aplicar la escala progresiva.
¿Cuánto es el mínimo por hijo en 2026?
Las cuantías por descendientes son: 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero, 4.500 € a partir del cuarto. Si el hijo es menor de 3 años, hay un incremento adicional de 2.800 €. Los hijos deben convivir contigo y tener rentas inferiores a 8.000 €/año para computar.
¿Hasta qué edad se puede aplicar el mínimo por hijo?
Hasta los 25 años si convive contigo, no obtiene rentas superiores a 8.000 €/año y no presenta declaración de la renta independiente. Sin límite de edad si tiene discapacidad reconocida. La edad se determina al 31 de diciembre del ejercicio fiscal.
¿Qué deducción me corresponde si tengo padres a mi cargo?
El mínimo por ascendientes es de 1.150 €/año por cada ascendiente mayor de 65 años (o cualquier edad si tiene discapacidad) que convive contigo y tenga rentas anuales inferiores a 8.000 €. Si es mayor de 75 años, sube a 2.550 €. Para los ascendientes con discapacidad reconocida, los mínimos son aún mayores.
¿Cómo afecta la discapacidad al mínimo personal?
Los mínimos por discapacidad se suman a los anteriores: 3.000 € si la discapacidad es 33-65% (propia, ascendiente o descendiente), 9.000 € si es ≥65% sin necesidad de ayuda, y 12.000 € si necesita ayuda de terceros. Para hijos con discapacidad, estos mínimos se acumulan al mínimo por descendientes.