Datos del despido

Tipo de despido
Salario bruto
Solo el número sin puntos. Ej.: 1800 para mil ochocientos euros al mes.

Tipos de indemnización por despido en España

Despido improcedente

El más habitual cuando la empresa no acredita causa. Corresponden 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Para contratos firmados antes del 12/02/2012 se aplica un doble tramo.

Despido objetivo

Por causas económicas, técnicas u organizativas (art. 52 ET). Corresponden 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades.

Fin de contrato temporal

Al vencer un contrato temporal por obra, circunstancias de la producción o sustitución. Corresponden 12 días de salario por año trabajado.

Recuerda: La indemnización es independiente del finiquito. Si te han despedido, tienes derecho a ambos conceptos. Calcula también tu finiquito.

Tienes 20 días hábiles para actuar

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido (art. 59.3 ET). Es un plazo de caducidad: si no actúas a tiempo, pierdes el derecho definitivamente, aunque el despido sea nulo o improcedente.

1
Papeleta de conciliación — Preséntala ante el SMAC de tu provincia antes de que venzan los 20 días. La presentación interrumpe el plazo mientras dura la conciliación.
2
Conciliación administrativa — Si no hay acuerdo, puedes presentar demanda en el Juzgado de lo Social.
3
Demanda laboral — El juez declarará el despido procedente, improcedente o nulo.

Consulta urgentemente con un abogado laboralista o con el turno de oficio si no puedes asumir honorarios.

Comparativa de indemnizaciones por tipo de despido

Resume los tres tipos principales con su base legal, días de indemnización y tope máximo.

Tipo de despidoDías por añoTope máximoBase legal
Improcedente / Art. 5033 días24 mensualidadesArt. 56.1 ET
Objetivo / ERE20 días12 mensualidadesArts. 52-53 ET
Fin contrato temporal12 días12 mensualidadesArt. 49.1.c ET
⚠️ Pre-reforma 2012 (contratos anteriores al 12/02/2012): Tramo previo a 45 días/año (tope 42 mensualidades) + tramo posterior a 33 días/año. Ver cálculo en la herramienta.

Ejemplos de cálculo — despido improcedente (33 días/año)

Tres supuestos con salario bruto de 30.000 €/año y contratos firmados después del 12/02/2012.

AntigüedadSalario diarioDías totalesIndemnización bruta
2 años82,19 €/día730 días × 33/365 = 66 días5.424 €
5 años82,19 €/día1.825 días × 33/365 = 165 días13.562 €
10 años82,19 €/día3.650 días × 33/365 = 330 días27.123 €
20 años (tope)82,19 €/díaTope: 24 mensualidades60.000 €

Cálculo: salario diario = salario anual / 365. Indemnización = salario diario × 33 × años trabajados. El tope de 24 mensualidades equivale a 24 × 2.500 = 60.000 € en este ejemplo. La indemnización está exenta de IRPF hasta el importe legalmente obligatorio (art. 7.e LIRPF).

Metodología y fuentes oficiales

Los cálculos de esta calculadora se basan exclusivamente en el Estatuto de los Trabajadores y la normativa laboral vigente:

  • Despido improcedente (33 días/año) — Art. 56.1 ET. Doble tramo para contratos anteriores al 12/02/2012 según la Disposición Transitoria 5ª ET.
  • Despido objetivo (20 días/año) — Arts. 52 y 53.1.b ET: causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
  • Fin de contrato temporal (12 días/año) — Art. 49.1.c ET.
  • Reforma laboral 2012RDL 3/2012, de 10 de febrero: modificó el art. 56 ET reduciendo la indemnización de 45 a 33 días.

Los resultados son orientativos. El importe definitivo puede variar si existe pacto en convenio colectivo, acuerdo individual o resolución judicial. Ante cualquier despido, consulta siempre con un abogado laboralista.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es improcedente un despido?
Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o no cumple los requisitos formales (carta de despido por escrito, indicación de causa, preaviso en el objetivo). Es la situación más frecuente y genera la mayor indemnización: 33 días de salario por año trabajado, con tope de 24 mensualidades.
¿La indemnización por despido lleva IRPF?
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe legalmente obligatorio (art. 7.e LIRPF). El exceso sobre ese importe sí tributa como rendimiento del trabajo. Si percibes más de lo que marca la ley por acuerdo con la empresa, la parte extra sí tiene retención.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el despido?
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido (art. 59 ET). Es un plazo de caducidad —no de prescripción— y no se interrumpe. Es imprescindible actuar en ese plazo. El primer paso es presentar papeleta de conciliación ante el SMAC.
¿Qué pasa si me despiden antes de llevar un año?
El cálculo de la indemnización se hace de forma proporcional a los días trabajados. Si llevas 8 meses, se calcula sobre esa fracción. No existe un mínimo de antigüedad para tener derecho a indemnización. En un despido improcedente, el importe sería: salario diario × 33 × (días trabajados / 365).
¿Qué diferencia hay entre despido objetivo y disciplinario improcedente?
El despido objetivo (art. 52 ET) se basa en causas económicas, técnicas u organizativas y da derecho a 20 días/año (máx. 12 meses). El despido disciplinario improcedente es cuando la empresa alega una falta del trabajador pero no la acredita, y da derecho a 33 días/año (máx. 24 meses). Ambos son distintos al despido procedente, que no genera indemnización.