Cómo se cobran las horas extra 2026: cálculo, recargos y nómina
Las horas extra deben pagarse al menos al valor de la hora ordinaria, pero los convenios suelen establecer recargos del 25%, 50%, 75% o incluso 100%. Te explicamos cómo calcular correctamente el valor de tu hora extra y verificarlo en la nómina.
Importe exacto con recargos del convenio.
El valor mínimo: la hora ordinaria
El Art. 35.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que las horas extra deben pagarse como mínimo al valor de la hora ordinaria. Es el suelo legal: ningún convenio puede establecer un valor inferior.
Cómo calcular el valor de la hora ordinaria
Hora ordinaria = Salario bruto anual ÷ Horas anuales
Si jornada 40h/semana × 52 semanas = 2.080 horas/año (con pagas extra prorrateadas)
O 1.760 horas (40 × 44 semanas, descontando vacaciones)
Ejemplo
Trabajador con salario bruto anual de 25.000 € (incluye pagas), jornada 40h/semana:
25.000 ÷ 2.080 = 12,02 €/hora ordinaria
Una hora extra mínima: 12,02 €
Los recargos del convenio
La mayoría de convenios mejoran el valor mínimo legal estableciendo recargos:
| Tipo | Recargo habitual | Valor sobre 12 €/hora |
|---|---|---|
| Hora extra normal | 25-50% | 15-18 €/hora |
| Hora extra nocturna (22h-6h) | 50-75% | 18-21 €/hora |
| Hora extra en festivo | 75-100% | 21-24 €/hora |
| Hora extra en domingo | 50-75% | 18-21 €/hora |
| Hora extra fuerza mayor | Según convenio | Variable |
Los recargos exactos dependen de tu convenio. Consulta tu convenio colectivo o pregunta a tu sindicato.
Cotización y tributación de las horas extra
Cotización a la Seguridad Social
Las horas extra cotizan a la SS. Hay dos tipos:
- Horas extra normales: cotizan a una base específica (no a la base general).
- Horas extra de fuerza mayor: cotizan a la base general.
El tipo de cotización es similar: 4,7% el trabajador, 23,6% la empresa.
Tributación en IRPF
Las horas extra tributan como rendimiento del trabajo, igual que el salario. La empresa aplica retención IRPF según tu tipo medio anual.
Cómo verificar las horas extra en tu nómina
Tu nómina debe incluir las horas extra como concepto separado. Verifica:
- Aparece el concepto "Horas extra" o similar en el bloque de devengos.
- Número de horas correcto: contrasta con tu registro horario.
- Valor unitario: la empresa debe especificarlo.
- Total devengado: número × valor unitario.
- Aplicación correcta del recargo: si hay nocturnidad, festivo, etc.
- Cotización a la SS: aparece en deducciones.
Casos especiales: alta dirección
Los trabajadores con contrato especial de alta dirección (directivos con poderes generales, regulados por el RD 1382/1985) están excluidos del régimen de horas extra:
- No cobran las horas que hagan más allá de la jornada ordinaria.
- No aplica el tope de 80 horas anuales.
- No están sujetos al registro horario obligatorio.
- Su retribución global incluye la "disponibilidad" para trabajos prolongados.
Trabajos en negro: ilegales
Algunas empresas pagan las horas extra "en negro" (efectivo sin nómina ni cotización). Esto es ilegal y perjudicial para el trabajador:
- Esas horas no cuentan para jubilación.
- No incrementan tu base reguladora para futuras prestaciones (paro, baja).
- No están protegidas: si la empresa no paga, no puedes reclamarlas.
Si tu empresa lo hace, denuncia a Inspección de Trabajo. Las sanciones a la empresa son altas y tú podrás reclamar las cantidades pendientes.
Conclusión
Las horas extra deben cobrarse a un valor mínimo equivalente a la hora ordinaria, con recargos típicos del 25-100% según convenio. Es importante verificar siempre la nómina para asegurarte de que las horas extra aparecen correctamente desglosadas y que el valor aplicado coincide con tu convenio. Si detectas pagos incorrectos o "en negro", reclama: tienes 1 año desde el cobro para hacerlo.
Importe con recargos según tu convenio.
