Guía del finiquito y liquidación laboral — Calculadoras Laborales
Finiquito

Cómo reclamar un finiquito impagado: guía paso a paso 2026

Si la empresa no te paga el finiquito, tienes derecho a reclamarlo en un plazo máximo de 1 año. Esta guía explica los 4 pasos del proceso completo: del burofax inicial al FOGASA, con plazos, intereses y casos especiales.

· Lectura: 9 min
¿Sabes cuánto te corresponde de finiquito?

Calcula la cantidad exacta antes de reclamar para saber qué exigir.

Calcular finiquito →

Cuándo se considera que el finiquito está impagado

El finiquito debe abonarse en el momento de la extinción del contrato o, como tarde, junto a la última nómina. Esto lo ha confirmado reiteradamente el Tribunal Supremo: cualquier retraso injustificado se considera impago.

En la práctica, podemos hablar de impago en estos casos:

  • La empresa no te paga nada al extinguir el contrato.
  • Te pagan solo una parte y se niegan a abonar el resto.
  • Te ofrecen un finiquito con cantidades inferiores a las legales.
  • Te dicen que "te lo pagarán más adelante" pero no concretan fecha.
  • Te entregan un cheque sin fondos o pagaré que rebota.
Plazo crítico: tienes 1 año desde la fecha de extinción para reclamar (Art. 59.2 ET). Pasado ese plazo, prescribe el derecho. No esperes.

Paso 1: Reclamación interna por escrito (burofax)

Antes de iniciar trámites legales, conviene dar a la empresa una última oportunidad por escrito. Es un trámite rápido y económico (entre 25 y 50 €) que muchas veces basta para desbloquear el pago, y además sirve como prueba en juicio.

Qué debe incluir el burofax

  • Identificación completa tuya y de la empresa (nombre, DNI/CIF, domicilio).
  • Fecha de inicio y fin del contrato.
  • Detalle de las cantidades reclamadas: salario pendiente, vacaciones, pagas extra, complementos, etc., con su cálculo.
  • Plazo razonable de pago (típicamente 10 días naturales).
  • Mención a que, en caso de no recibir pago, presentarás papeleta de conciliación en el SMAC y reclamarás también intereses de demora del 10% anual.
  • Tu firma y fecha.

El envío debe hacerse por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. Cualquier oficina de Correos lo gestiona; también puede hacerse online (correos.es). Conserva el justificante: es la prueba de que la empresa recibió la reclamación.

👉 Antes de redactar el burofax, calcula con precisión cuánto te corresponde usando nuestra calculadora gratuita.

Paso 2: Papeleta de conciliación en el SMAC

Si el burofax no surte efecto en el plazo dado, el siguiente paso es presentar la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. Este trámite es obligatorio antes de demandar y suspende el plazo de prescripción de 1 año.

Cómo presentar la papeleta

  1. Localiza el SMAC competente. Cada comunidad autónoma tiene el suyo (en Madrid se llama IRSST, en Cataluña Conciliacions Laborals, etc.). Puedes ir presencialmente o, en muchas regiones, hacerlo online con certificado digital.
  2. Cumplimenta el formulario: datos del trabajador, datos de la empresa, hechos (extinción del contrato y impago), conceptos reclamados con cálculos detallados, cantidad total y peticiones.
  3. Adjunta documentación: contrato, últimas nóminas, finiquito si te lo entregaron, burofax y acuse de recibo.
  4. Presenta la papeleta. No se pagan tasas. El SMAC fija fecha de comparecencia (suele ser entre 15 y 30 días después).

Qué pasa el día de la conciliación

Es una reunión informal entre tú (o tu representante) y la empresa, mediada por un funcionario del SMAC. Hay tres resultados posibles:

  • Con avenencia: la empresa acepta pagar, total o parcialmente. Se firma un acta que tiene fuerza ejecutiva (si no cumple, vas directamente al juzgado a embargar).
  • Sin avenencia: no hay acuerdo. Queda abierta la vía judicial. Es lo más habitual.
  • Sin efecto: la empresa no se presenta. Se hace constar en acta y puedes pasar directamente a demandar.

Paso 3: Demanda en el Juzgado de lo Social

Si la conciliación termina sin avenencia o sin efecto, el siguiente paso es presentar demanda en el Juzgado de lo Social. Tienes 20 días hábiles desde la conciliación para presentarla (plazo más estricto que el de prescripción general).

Qué incluir en la demanda

  • Identificación de las partes.
  • Hechos ordenados cronológicamente: contratación, extinción, impago, reclamación previa.
  • Fundamentos jurídicos: arts. 26 y 49 ET (concepto y extinción), Art. 29.3 (intereses), normas de tu convenio.
  • Petición: condena al pago del principal + intereses de demora del 10% anual + costas.
  • Pruebas que se aportarán: nóminas, contrato, finiquito (si lo hay), burofax, acta de conciliación.

Coste y representación

El proceso laboral está pensado para ser accesible:

  • No hay tasas judiciales para el trabajador.
  • No es obligatorio abogado en cuantías inferiores, aunque es muy recomendable.
  • Si no puedes permitirte abogado, puedes solicitar justicia gratuita según tu nivel de ingresos.
  • Tu sindicato puede asesorarte gratis si estás afiliado.

Cuánto tarda el juicio

Depende del juzgado y comunidad autónoma. Habitualmente, entre la presentación de la demanda y la sentencia transcurren entre 4 y 12 meses. La sentencia condenando al pago se ejecuta automáticamente: si la empresa no paga, se procede al embargo de bienes.

Paso 4: FOGASA (si la empresa es insolvente o ha cerrado)

Si la empresa ha cerrado, está en concurso de acreedores o se declara insolvente, el cobro pasa por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), un organismo público que cubre salarios e indemnizaciones impagadas.

Cobertura del FOGASA en 2026

  • Salarios: hasta el doble del SMI diario por día, con un máximo de 120 días.
  • Indemnizaciones: hasta el doble del SMI diario por día trabajado, máximo 1 año de salario.
  • El finiquito (vacaciones + pagas) entra en el concepto de salarios pendientes.

Cómo solicitarlo

  1. Necesitas previamente una resolución que reconozca la deuda: sentencia, acta de conciliación o auto judicial declarando la insolvencia.
  2. Presenta solicitud ante el FOGASA en el plazo de 1 año desde dicha resolución.
  3. FOGASA tiene 3 meses para resolver. Si te paga, después se subroga en tu posición y reclama a la empresa.
Truco: aunque la empresa siga abierta, si en la ejecución de la sentencia el juzgado declara su insolvencia parcial (no tiene bienes embargables), también puedes acudir al FOGASA por las cantidades no cobradas.

Errores frecuentes al reclamar el finiquito

  • Esperar demasiado. Empezar la reclamación a los 11 meses te deja sin margen si surge cualquier complicación. Actúa en cuanto identifiques el impago.
  • No conservar pruebas. Sin nóminas, contrato y burofax, el juicio se complica. Guarda copia digital de todo desde el primer día.
  • Firmar el finiquito "a la baja". Si la empresa te ofrece menos de lo que te corresponde y firmas sin "no conforme", luego es muy difícil reclamar la diferencia.
  • No reclamar intereses. Si en la demanda no pides expresamente los intereses del 10%, el juez puede no concederlos. Inclúyelos siempre.
  • Aceptar pagos parciales sin documentar. Si la empresa te paga "algo" y dice que te paga el resto luego, exige documento por escrito que detalle la cantidad pendiente y la fecha.

¿Cuánto cuesta reclamar?

El proceso es bastante asequible:

  • Burofax: 25-50 €.
  • Conciliación SMAC: gratis.
  • Tasas judiciales: 0 € para el trabajador.
  • Abogado (opcional): entre 300 y 1.500 € según complejidad. Muchos laboralistas trabajan a éxito (porcentaje de lo cobrado), reduciendo el riesgo.
  • FOGASA: trámite gratuito.

En la mayoría de casos, los costes son recuperables si ganas: el juez condena a la empresa al pago de costas (excepto en caso de allanamiento o conciliación temprana).

Conclusión

Reclamar un finiquito impagado es un proceso reglado en cuatro pasos: burofax → SMAC → Juzgado de lo Social → FOGASA si la empresa es insolvente. La clave es actuar dentro del plazo de 1 año, conservar todas las pruebas y calcular con precisión las cantidades reclamadas. Aunque el proceso pueda intimidar, el sistema laboral español está diseñado para proteger al trabajador: no hay tasas, no es obligatorio abogado y los plazos son razonables. Si tienes dudas concretas sobre tu caso, consulta con un graduado social, abogado laboralista o tu sindicato.

Calcula primero qué te corresponde

Antes de reclamar, ten claro el importe exacto que vas a exigir.

Ir a la calculadora →

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un finiquito impagado?
Tienes 1 año desde la fecha de extinción del contrato para reclamar cantidades laborales (Art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores). Pasado ese plazo, prescribe el derecho y la empresa puede negarse legalmente a pagar. El plazo se interrumpe al presentar la papeleta de conciliación en el SMAC, así que conviene actuar cuanto antes y no esperar al límite.
¿Necesito abogado para reclamar el finiquito?
Para la fase de conciliación en el SMAC no es obligatorio, puedes acudir solo. Para la demanda en el Juzgado de lo Social tampoco es estrictamente obligatorio en cuantías inferiores, pero sí muy recomendable. Si tu sindicato te asesora, puede acompañarte. Algunos abogados laboralistas trabajan a éxito (cobran solo si ganas), lo que reduce el riesgo económico.
¿Qué intereses puedo cobrar si la empresa me paga tarde?
El Art. 29.3 ET establece intereses de demora del 10% anual sobre las cantidades adeudadas (salario y complementos), un tipo muy superior al legal del dinero. Si la empresa paga después de la conciliación o sentencia, debe abonar también esos intereses. En la demanda hay que solicitarlos expresamente; si no, el juez puede no reconocerlos.
¿Qué hago si la empresa ha cerrado o es insolvente?
Si la empresa es insolvente o ha cerrado, debes acudir al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial). Tras obtener una sentencia o acta de conciliación reconociendo la deuda, presentas solicitud al FOGASA, que cubre salarios y finiquitos pendientes hasta el doble del SMI diario por día (máximo 120 días para salarios y 1 año para indemnizaciones, con tope global). El plazo para solicitarlo es 1 año desde el reconocimiento de la deuda.
¿Y si la empresa me paga solo una parte del finiquito?
Acepta la parte que te ofrezcan (en cuenta y por escrito) pero nunca firmes una renuncia a la diferencia. Si te entregan documento, firma con la expresión "no conforme con la cantidad recibida, reservándome el derecho a reclamar diferencias". Después puedes reclamar la parte impagada en el SMAC y el Juzgado en el plazo de 1 año.